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Actualizado el 26 de Noviembre del 2020 (Publicado el 29 de Abril del 2020)
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7 paginas
Creado hace 21a (08/01/2003)
El Estado y el Software

Javier Smaldone*

8 de enero de 2003

Resumen

Ante la presentación en todo el mundo de numerosos proyectos de ley sobre uso de software libre
en el Estado, empresas productoras y distribuidoras de software propietario han lanzado una serie de
ataques en contra de dichas iniciativas intentando crear miedo, incertidumbre y duda en los gobernantes
y la ciudadanía en general.

El objetivo del presente texto es introducir algunos puntos esenciales en la discusión acerca del uso
de software en el Estado. No se trata de un trabajo exhaustivo al respecto, sino de un análisis general.
Existen numerosos documentos que tratan el tema con un nivel de profundidad mucho mayor, a los cuales
se incluyen referencias.

No soy un experto en derecho público, ni mucho menos, sólo soy un programador. Pido disculpas
por algún error en la terminología que he utilizado. Simplemente he tratado de exponer los puntos más
importantes de la forma más clara que me ha sido posible.

Las necesidades del Estado

Mediante la utilización de sistemas informáticos, el Estado logra automatizar procedimientos y, muchas
veces, controles que de otra manera debieran realizarse manualmente. A raíz de esto, y teniendo en cuenta
la obligatoriedad de la publicidad de los actos del gobierno, cada ciudadano debiera poder inspeccionar
y auditar libremente el software utilizado por el mismo. Pues bien, dada la complejidad de los sistemas
actuales, esto solamente es posible si se cuenta con el código fuente de dichos programas.

En relación con el uso de dichos sistemas, podemos diferenciar la información manipulada por los

mismos en dos clases:

Información pública, que debiera se accesible por cada ciudadano sin ningún tipo de restricción.

Información privada, sobre la cual el Estado debiera garantizar la confidencialidad, restringiendo su
acceso solamente a las personas o entidades autorizadas.

En el primer caso, es claro que la información pública debiera almacenarse de forma que cualquier ciuda-
dano pudiera acceder a ella sin que esto requiriera el uso de determinada herramienta de software. Sería una
aberración el pensar que, para poder acceder a la información que legítimamente le pertenece, un ciudadano
debiera pagar un canon o licencia a determinada empresa.

Con respecto a la confidencialidad de la información privada, esta no puede garantizarse (ni mucho
menos), sin la posibilidad de analizar el funcionamiento de los sistemas que la manipulan. Vuelve a hacerse
presente aquí la necesidad de contar con el código fuente de los programas y el derecho a realizar su
inspección.

Otro aspecto relacionado con la disponibilidad de la información del Estado está dado por la necesidad
de persistencia de la misma a través del tiempo. Es sabido por cualquier usuario de informática que los
formatos utilizados por algunos programas, no siempre son soportados por versiones posteriores y que,
muchas veces, ya no es posible acceder a información almacenada por programas antiguos que han sido

*[email protected] - http://www.smaldone.com.ar

1

discontinuados. Condicionar la accesibilidad a la información a la decisión arbitraria de un proveedor de
seguir soportando determinado formato de codificación es simplemente inadmisible para el Estado.

Al adquirir determinado software, el Estado debería asegurarse la independencia futura del proveedor
original respecto de posibles modificaciones que requiriera del programa en cuestión. Este es un aspecto
central, ya que un Estado soberano no puede depender de un único proveedor para la realización de las
correcciones, reparaciones o extensiones que requiriera determinado sistema para su adecuarse a sus ne-
cesidades o, peor aún, para dar conformidad a lo estipulado por una ley. Tampoco es admisible para el
Estado, ante la necesidad de extender el uso de determinado software, el tener que renegociar con el pro-
veedor del mismo las condiciones y precios para poder cumplir con su objetivo. En este sentido, el Estado
no puede limitar su crecimiento a la decisión de determinado proveedor de vedarle el uso de determinado
software necesario para ello, o a las condiciones que éste fije para permitir su uso más allá de lo estipulado
inicialmente.

El software propietario no satisface las necesidades del Estado

Existen varios puntos de conflicto entre las condiciones bajo las cuales se licencia el software propie-

tario y las necesidades de uso de software por parte del Estado. Los más notables son:

Imposibilidad de inspección del funcionamiento de los programas: El software propietario se dis-
tribuye incluyendo solamente los programas ejecutables, con la prohibición expresa de analizar su
funcionamiento. Esto es incompatible con la necesidad de análisis e inspección del Estado y sus ciu-
dadanos. Aún en los pocos casos en que se brinda la posibilidad de acceso al código fuente, se limita
el mismo no pudiendo hacerse público, siendo de esta forma inaccesible para el conjunto de los ciu-
dadanos. De esta manera el Estado no puede garantizar la transparencia de sus actos ni la privacidad
de la información en ningún procedimiento que involucre el uso del software en cuestión.

Licenciamiento por volumen: El costo de las licencias de uso de software propietario, está general-
mente en relación con el volumen del mismo. Esto hace que si en un futuro fuese necesario extender
el uso del programa en cuestión, el Estado dependería de la voluntad del proveedor de posibilitar
dicho uso y de las condiciones que fijara el mismo.

Formatos propietarios: Muchos programas propietarios almacenan la información en formatos se-
cretos. La licencia, en estos casos, impide el análisis de dicho formato. Esto pone al Estado a merced
de la decisión del proveedor de seguir utilizando el mismo formato en las versiones posteriores.

Dependencia del proveedor: Al no contar con el código fuente, la posibilidad de efectuar correc-
ciones, extensiones o cualquier tipo de modificación queda restringida exclusivamente al proveedor
original del programa. El Estado ve limitada de esta manera su capacidad de satisfacer futuras nece-
sidades, dependiendo para ello de la voluntad, los intereses y las condiciones de dicho proveedor.

La necesidad de una ley de uso de software en el Estado

Con lo antes dicho hemos visto que el software tiene un profundo impacto en las actividades realizadas
por el Estado. Los riesgos que involucra una elección desafortunada no son menores: imposibilidad de
auditar la función pública, falta de garantías por parte del Estado sobre la manipulación de la información
privada de sus ciudadanos, dependencia de un proveedor para el correcto desempeño de las funciones del
Estado, imposibilidad de los ciudadanos de acceder a su información, entre otras.

Es claro entonces que la adquisición de software por parte del Estado debiera estar regulada por una ley
que, previendo este tipo de situaciones, fije las condiciones bajo las cuales el proveedor debe suministrar
los programas en cuestión. No puede dejarse librada a cada funcionario responsable de un área de la admi-
nistración pública la decisión de las condiciones de contratación o compra de software, dado los peligros
que podría acarrear para el conjunto de la comunidad una elección desafortunada.

2

El “software libre”, la alternativa al modelo propietario

Existe gran cantidad de software que no se distribuye bajo el modelo propietario que hemos descripto
anteriormente: el llamado “software libre”. En el caso de estos programas, las condiciones de licencia-
miento cambian radicalmente, garantizando al poseedor del software las siguientes libertades:

Libertad de uso de los programas, con cualquier propósito.

Libertad de estudiar como funciona el programa y adaptarlo a sus necesidades.

Libertad de redistribuir copias del programa.

Libertad de mejorar el programa y distribuir dichas mejoras.

Claro está, el libre acceso al código fuente es una precondición necesaria para varias de estas libertades,
por lo cual los programas distribuidos bajo esta modalidad van acompañados de él.

Al referirnos al software libre no estamos haciendo referencia a una tecnología determinada (aunque
es común que muchas personas lo asocien a los programas libres más conocidos). Simplemente estamos
hablando de condiciones de uso de los programas.

Puede notarse que las libertades que otorgan las licencias de los programas libres son compatibles con

las necesidades que, según hemos planteado anteriormente, tiene el Estado.

Un excelente análisis acerca de este tema (mucho más amplio y mejor elaborado que el presente texto)
es el artículo de Federico Heinz, de la Fundación Vía Libre1, “Razones por las que el Estado Debe Usar
Software Libre”2.

Proyectos de ley de uso de software libre en el Estado

A la fecha, existe un gran número de proyectos de ley respecto del uso de software libre en los sistemas
del Estado. Todas estos proyectos coinciden en la necesidad por parte del Estado de garantizar los principios
que hemos enunciado al comienzo de este texto y también coinciden en que la única manera posible de
hacerlo es mediante la exigencia del otorgamiento de las libertades que hemos citado en la sección anterior.
Debido a la gran cantidad de software licenciado bajo el modelo propietario usado en la actualidad,
la aprobación de una ley en este sentido, generaría la necesidad de un cambio que, técnicamente, no es
menor. Además, en muchos casos, se verían afectados los intereses de las empresas que proveen software
bajo licencias restrictivas (más adelante nos referiremos a los intentos de algunas de estas empresas por
impedir el avance de iniciativas de este tipo).

En la Argentina se ha presentado un proyecto de ley, el cual ha sido elaborado y discutido por un amplio
grupo de personas que adoptaron el nombre de “Proposición para el uso de Tecnologías Abiertas en el
Estado”3. Se cuenta entre sus integrantes a gente de distintos lugares del país, con diferente formación
profesional,
  • Links de descarga
http://lwp-l.com/pdf17583

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