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Actualizado el 7 de Junio del 2017 (Publicado el 6 de Marzo del 2017)
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Legislación europea y el Open Source / Free Software

Table of Contents

Legislación europea y el Open Source / Free Software...................................................................................1
José M. Fidel Santiago Luque..................................................................................................................1

1. Introducción....................................................................................................................................................2

2. Propiedad intelectual......................................................................................................................................3
2.1. Introducción......................................................................................................................................3
2.2. La directiva 2001/29/EC. Sobre la armonización de ciertos aspectos del copyright y derechos
relacionados en la sociedad de la información.......................................................................................3
2.3. Directiva 91/250/CEE. Sobre la protección legal de los programas de ordenador...........................3
2.3.1. Introducción......................................................................................................................3
2.3.2. Análisis.............................................................................................................................4
2.3.3. Comentarios......................................................................................................................4
2.4. GPL...................................................................................................................................................5
2.4.1. Introducción......................................................................................................................5
2.4.2. Análisis.............................................................................................................................5
2.5. Conclusiones.....................................................................................................................................5

3. Patentes............................................................................................................................................................6
3.1. Patentes en Europa............................................................................................................................6
3.1.1. La patente comunitaria......................................................................................................6
3.2. Patentes y programas de ordenador..................................................................................................7
3.2.1. Introducción......................................................................................................................7
3.2.2. Legislación........................................................................................................................7
3.2.3. Revisión de la situación....................................................................................................8
3.2.4. Propuesta de directiva de la Comisión..............................................................................8
3.3. Conclusiones.....................................................................................................................................8

4. Conclusiones..................................................................................................................................................10

Bibliografía........................................................................................................................................................11

Legislación europea y el Open Source / Free Software

José M. Fidel Santiago Luque

Network−sec.com

Copyright © 2003 por José M. Fidel Santiago Luque

Tabla de contenidos
1. Introducción
2. Propiedad intelectual
2.1. Introducción
2.2. La directiva 2001/29/EC. Sobre la armonización de ciertos aspectos del copyright y derechos
relacionados en la sociedad de la información.
2.3. Directiva 91/250/CEE. Sobre la protección legal de los programas de ordenador.

2.3.1. Introducción
2.3.2. Análisis
2.3.3. Comentarios

2.4. GPL

2.4.1. Introducción
2.4.2. Análisis

2.5. Conclusiones

3. Patentes

3.1. Patentes en Europa

3.1.1. La patente comunitaria

3.2. Patentes y programas de ordenador

3.2.1. Introducción
3.2.2. Legislación
3.2.3. Revisión de la situación
3.2.4. Propuesta de directiva de la Comisión

3.3. Conclusiones

4. Conclusiones
Bibliografía

1. Introducción

Quizá la legislación más importante que puede afectar al sofware libre es la que se refiere a la propiedad
intelectual y a las patentes. Ambas son formas legales de "protegerlo". Analizaremos las dos en este artículo.

Desde el punto de vista de la propiedad intelectual el software se considera un trabajo literario y se le aplica la
legislación correspondiente. Las patentes no protegen el software en si mismo sino la idea nueva e innovadora
que hay detrás del desarrollo del mismo.

La propiedad intelectual se aplica por igual a software propietario y a software OS/FS. Ambos tienen licencias
basadas en los derechos de autor y la legislación acorde. La aplicación es totalmente distinta, evidentemente,
pero basada en los mismos principios legales.

El software propietario hace uso y abuso de la legislación sobre patentes para proteger y ganar dinero con la
investigación que se realiza. Sin embargo, el concepto de patente es incompatible con el espíritu del
movimiento OS/FS. La idea de compartir el conocimiento es totalmente contraria al concepto de patente.

Estas vías legales no son incompatibles, al contrario, son complementarias. Mientras que una de ellas, la
propiedad intelectual protege la expresión concreta que representa el software, las patentes protegen y
defienden la idea, el diseño último, del que el software es la implementación. El desarrollador de software
puede jugar con ambas para conseguir la protección deseada.

2. Propiedad intelectual

2.1. Introducción

El mercado de los contenidos es más y más importante cada día. Su importancia va pareja a su íntima relación
con la incipiente sociedad de la información. La digitalización de los contenidos permite su reproducción
exacta, sin perdida de calidad alguna. Podemos copiar y distribuir los contenidos digitales allá donde
queramos. Una consecuencia, ¿no deseada?, de este desarrollo tecnológico ha sido el increíble desarrollo de la
piratería de contenidos. La Comisión Europea, consciente de la importancia y la necesidad de un mercado de
los contenidos correctamente legislado, ha desarrollado una serie de directivas destinadas a la protección y el
desarrollo de este mercado.

Gracias a la asimilación que se hace del software a una obra literaria, protegible mediante la propiedad
intelectual, toda la legislación europea que se hace sobre propiedad intelectual lo afecta de una forma u otra.

2.2. La directiva 2001/29/EC. Sobre la armonización de ciertos
aspectos del copyright y derechos relacionados en la sociedad
de la información.

Esta es la última directiva de la UE sobre propiedad intelectual. Armoniza las diferentes legislaciones,
nacionales o europeas, sobre el copyright y la propiedad intelectual.

El nacimiento de esta directiva ha sido realmente difícil. El 10 de Diciembre de 1997 la Comisión presentó su
propuesta. El 10 de Febrero de 1999, un año y dos meses más tarde, el Parlamento Europeo pidió a la
Comisión ciertas modificaciones. La Comisión hizo su trabajo rápidamente y la nueva propuesta estaba lista el
21 de Mayo. El 28 de Septiembre, el Consejo no aceptó todas las enmiendas presentadas por el Parlamento y
la directiva tuvo que ser revisada de nuevo. La Comisión se encontraba más cerca del Consejo que del
Parlamento. El 14 de Febrero de 2001 el Parlamento, en segunda lectura, aprobó nueve enmiendas a la
propuesta. La Comisión, otra vez, tuvo que modificar la propuesta. El 9 de Abril el Consejo le dio el visto
bueno a las modificaciones y finalmente, el 22 de Mayo de 2001 la directiva fue finalmente aprobada por el
Consejo y el Parlamento. Un claro ejemplo de la agilidad con que se gesta la legislación europea.

El software queda específicamente excluido de esta directiva, exactamente en el artículo 1 de la misma. El
software se seguirá regulando por la directiva 91/250/CEE.

2.3. Directiva 91/250/CEE. Sobre la protección legal de los
programas de ordenador.

2.3.1. Introducción

Esta directiva regula los derechos de autor para los programas de ordenador. Asimila un programa de
ordenador a una obra literaria acorde a la Convención de Berna.

Las patentes se encuentran cubiertas en esta directiva, exactamente, en el artículo 9. Este artículo es
totalmente claro: los derechos de autor y las patentes son compatibles.

Es una legislación retroactiva, se aplica al software escrito antes de la fecha de adopción con lo cual abarca a
todo el software realizado en la UE.

La directiva 93/98/ECC modifica esta en cuanto a la fecha de expiración de los derechos de autor. Extiende la
duración de cincuenta a setenta años. ¿Habrá algún programa tan longevo? Y, de existir, ¿aún será útil?

2.3.2. Análisis

Los programas de ordenador se protegen según los derechos de autor tratando a los mismos como si fueran
una obra literaria según se define en la Convención de Berna. Esto incluye la documentación previa a la
creación del programa. El programa de ordenador se protege en tanto y cuanto es una creación original en el
sentido de que es una creación intelectual de su autor. Nada más.

El autor de un programa será la persona natural o grupo de personas naturales que lo han creado, o, cuando los
Estados Miembros lo permitan, una persona legal puede tener el derecho de creación. Los derechos derivados
de un trabajo serán compartidos por todo los creadores si son personas
  • Links de descarga
http://lwp-l.com/pdf2551

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