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Creado hace 17a (28/04/2008)
1ª jornadas informáticas IES Abastos
28, 29 y 30 de abril de 2008
Hacia la cultura libre:
Creative Commons
Ponente: Bartolomé Sintes Marco. IES Abastos (Valencia)
Fecha: 28 de abril de 2008
1ª Jornadas Informáticas. IES Abastos. Bartolomé Sintes Marco. 28/04/08
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LICENCIA
Copyright (c) 2008 Bartolomé Sintes Marco
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Software Foundation; with no Invariant Sections, no Front-Cover
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HACIA LA CULTURA LIBRE: CREATIVE COMMONS
1. El software libre
1.1.Las cuatro libertades
1.2.El Copyleft
1.3.La licencia GPL
1.4. Otras licencias de la FSF
1.5.La Open Source Initiative
1.6. Los resultados
2. Copyright y derechos de autor
2.1. Legislación
2.2.Extensiones del Copyright en EE.UU.
2.3.El caso Eldred vs Ashcroft
3. Creative Commons
3.1. Las licencias Creative Commons
3.2. Elección de licencia
3.3. Crítica a Creative Commons
3.4. Los resultados
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1. El software libre
1.1.
Las cuatro libertades
El término “software libre” fue acuñado por
Richard Stallman en 1984, para referirse al
software que permite cuatro libertades al
usuario:
● Libertad de ejecutar el programa
● Libertad de modificar el programa
Richard Stallman
(acceso al código fuente)
● Libertad de redistribuir el programa
● Libertad de redistribuir el programa
modificado (junto con el código
fuente)
Mascota del proyecto GNU
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1.2. El Copyleft
Antes del manifiesto GNU de 1985, ya existía
software que respetaba esas cuatro
libertades. Por ejemplo:
● Dominio publico (es decir, sin licencia ni
copyright).
● Licencia MIT/X11 (1984?)
● Licencia BSD (1982?).
Pero el término “software libre” introduce un
matiz fundamental: el “copyleft”.
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Beastie, mascota del proyecto FreeBSD
La licencia GPL garantiza las cuatro libertades, pero impone la
obligación de garantizarlas al que redistribuye y/o modifica el
software (licencia “vírica”).
El “copyleft” no va en contra del copyright. Aprovecha el
derecho del autor a imponer cómo se puede utilizar su
programa para asegurar que no haya vuelta atrás en la libertad.
Logotipo del Copyleft
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1.3. La licencia GPL
1984: Richard Stallman puso en marcha el proyecto GNU (GNU is Not
Unix), con el objetivo de crear un sistema operativo y programas
libres.
1985: Richard Stallman creó la Free Software Foundation, una fundación
sin ánimo de lucro para promover el desarrollo del software libre.
1989: Richard Stallman escribió la
licencia GPL (GNU General Public
License).
1991: La FSF publicó la licencia GPL 2
1999: La FSF publicó la licencia GPL 2.1
2007: La FSF publicó la licencia GPL 3
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1.4.
Otras licencias de la FSF
LGPL (Lesser General Public License)
Esta licencia está pensada para bibliotecas y permite que un programa
no libre pueda utilizar la biblioteca libre sin tener que hacerse libre en su
totalidad.
1999: LGPL 2.1
2003: LGPL 3
AGPL (Affero General Public License)
Esta licencia está pensada para software web y obliga a publicar el
código derivado aunque no se distribuya.
2002: AGPL
2007: AGPL 3
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1.4.
Otras licencias de la FSF
FDL (Free Documentation License)
Esta licencia está pensada para documentación y admite secciones
invariantes.
FDL 1.1
2000
2002: FDL 1.2
2006: Borrador FDL 2 + Simpler FDL 2 (sin secciones invariantes)
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1.5.
La Open Source Initiative
El término “Open Source” fue acuñado por Bruce Perens en
1998. Junto con Eric Raymond, Ian Murdock y otros, en 1998
fundó la OpenSource Initiative.
Bruce Perens
La OSI no ha creado una licencia, sino una definición de
software Open Source y certifica que una licencia determinada
se ajusta a la definición.
En la práctica no hay diferencias radicales entre “software libre”
y software “open source” (aunque algunas licencias libres
incompatibles con la GPL son open source).
Las diferencias son de índole “filosófica”:
● La OSI hace hincapié en los resultados: en la calidad y
fiabilidad del software libre.
● La FSF hace hincapié en los principios: en la libertad.
Eric Raymond
Ian Murdock
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1.5.1. La definición Open Source
Una licencia se considera Open Source si cumple las siguientes
condiciones:
● Debe permitir la libre redistribución del software
● Debe proporcionar el código fuente
● Debe permitir obras derivadas
● Puede obligar a mantener la integridad del código original
● No debe discriminar personas ni grupos
● No debe discriminar el ámbito de utilización
● No debe imponer licencias adicionales a terceros
● No debe vincular el software a ningún producto concreto
● No debe poner restricciones a otro software
● Debe ser tecnológicamente neutral
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1.5.2. Algunas licencias Open Source
● Apache License
● Common Development and Distribution License (CDDL)
● Eclipse Public License
● General Public License (GPL)
● Microsoft Public License (Ms-PL)
● Mozilla Public License (MPL)
● PHP License
● W3C License
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Los resultados
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2. Copyright y derechos de autor
2.1.
Legislación
EE.UU. - Copyright Act:
● 1790
● 1901
● 1976
● 1998
14 años (+ renovación 14 años)
28 años (+ renovación 28 años)
vida autor + 50 años (colectiva: publicación + 75 años)
vida autor + 70 años (colectiva: publicación + 95 años)
España - Ley de Propiedad Intelectual:
● 1879:
● 1987:
● 1996:
● 2006:
vida autor + 80 años (caducidad tras 20 años sin publicarse)
vida autor + 60 años
vida autor + 70 años
vida autor + 70 años
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2.2. Extensiones del Copyright en EE.UU.
Copyright Act
1901
1976
1998
Anteriores a 1923
28+28 = 56 años
Dominio Público
Dominio Público
Entre 1923 y 1977
28+28 = 56 años
56 + 19 = 75 años
75 + 20 = 95 años
Posteriores a 1977
28+28 = 56 años
vida + 50 años
vida + 70 años
● Hasta 1976 cada año pasaba al dominio público las obras de 56 años antes.
● La ley de 1976 cambió el modelo (vida + 50 años) y detuvo el paso al
dominio público en 1923 durante 20 años (hasta 1998).
● La ley de 1998 amplió los plazos 20 años, deteniendo de nuevo el paso al
dominio publico en 1923 durante 20 años más (hasta 2018).
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2.2. El caso Eldred vs Ashcroft
Constitución EEUU (sección 8): “To promote the progress of science and
useful arts, by securing for limited times to authors and inventors the
exclusive right to their respective writings and discoveries”.
Constitución de EE.UU.
1998: Aprobación Sonny Bono Copyright Term Extension Act
1999: Se inicia el caso Eldred vs Ashcroft
2002: Vista en el Tribunal Supremo
Eric Eldred
Lawrence Lessig
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3. Creative Commons
iCommons
2002: Fundación Creative Commons
2003:
2004: Creative Commons España
2007: Creative Commons 3.0
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3.1. Las licencias Creative Commons
Las licencias Creative Commons se encuentran en el espectro entre el
copyright tradicional y el dominio público.
Frente al modelo “Todos los derechos reservados” del copyright, las licencias
Creative Commons hablan de “Algunos derechos reservados”.
Existen varias licencias Creative Commons que conceden más o menos
derechos a los usuarios.
Todas las licencias permiten al menos copiar, distribuir y comunicar
públicamente la obra.
Algunas conceden derechos adicionales y otras restrigen esos derechos
adicionales.
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3.1. Las licencias Creative Commons
Existen varias versiones de las licencias CC:
2002 diciembre:
2004 mayo:
2005 junio:
2007 febrero:
¿2008?
CC 1.0
versión inicial, 11 licencias
CC 2.0
eliminadas licencias sin atribución, 6 licencias
CC 2.5
CC 3.0
compatibilidad con Debian y MIT, internacionalización
CC 3.5
compatibilidad con FDL (Wikipedia)
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3.2. Elección de licencia
La elección de licencia se hace contestando a dos preguntas.
En la primera versión de las licencias se contestaba una pregunta más:
¿Quiere que se le reconozca su autoría?
● Sí (BY)
● No
● BY: Reconocimiento / Attribution
Desde 2004 (CC 2.0), to
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